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Colaboradores

¿Qué es y como funcionará el MPD?

Un Modelo de Prevención de Delitos es un conjunto de lineamientos, procedimientos, políticas y actividades de control adoptadas por una persona jurídica, que buscan implementar una forma de organización corporativa que evite la comisión de delitos. Esta obligación surge a aprtir de lo señalado en el artículo 35° de la ley 21.302, como requisito de existencia para que un organismo pueda ser acreditado y se debe elaborar obligatoriamente en base a los lineamientos dispuestos por el servicio. Los delitos que busca prevenir son los que atentan contra la vida, salud, integridad, libertad e indemnidad sexual de niños, niñas y adolescentes y que afecten el correcto uso de recursos públicos.

El Artículo 4 del Reglamento de Acreditación señala que el objeto de los solicitantes debe ser desarrollar los programas de cada una de las líneas de acción del Servicio, ¿esto implica una modificación en los estatutos del Colaborador?

No es necesario modificar el objeto de los estautos mientras de cuenta de acciones que sean acordes con la misión, visión y objetivos del Servicio de Protección.

¿Cuáles son los Estándares de Acreditación y cómo cumplo con ellos?

Los estándares de Acreditación se encuentran contenidos en el Reglamento de Estándares aprobado por Decreto Supremo N° 5 y su cumplimiento es a través de los verificadores señalados en la "Matriz de Cumplimiento de Estándares", aprobado por Resolución Exenta N°17; además de la declaración jurada solicitada en el Reglamento de Acreditación, aprobado por Decreto Supremo N° 5. Todos estos documentos están disponibles en el repositorio del Servicio.

¿Si una organización quiere abrir nuevas lineas de acción que no ha ejecutado anteriormente, debe acreditarse en esa linea para poder postula a la licitación?

Uno de los requisitos para acreditarse es señalar de manera específica la(s) línea(s) de acción que se pretenden ejecutar. Asimismo, se debe declarar la(s) región(es) en las que se pretende ejecutar dicha línea de acción.

Si posterior a la acreditación se desea ampliar el ámbito de ejecución, sea territorial o de líneas de acción, deberán volver a solicitar la acreditación. En este sentido, es importante destacar que no se está obligado a ejecutar todas las líneas de acción declaradas en la solicitud de acreditación.

¿Qué se entiende por títulos autenticados?

Los títulos autenticados son los títulos en original o copia de este legalizada ante notario. Son certificados emitidos por la correspondiente casa de estudio que vengan, por ejemplo, con el respectivo código QR, estampilla o timbre.

En caso que los títulos sean extranjeros, se debe entregar el título original o copia legalizada de este, ante notario, con la apostilla correspondiente.

¿Habrá un formato de Matriz de Riesgos?

No, cada organismo debe construir su propia "Matriz de Riesgos" en atención a las particularidades de éste y debe ser transversal para todo el funcionamiento de la institución. No se espera que sea una por proyecto, sino una que identifique riesgos en el funcionamiento integral del organismo. En el Manual de Lineamientos del MPD, se muestra una matriz de uso referencial.

¿Cuál es la diferencia entre revocación y pérdida de la acreditación?

Revocación procede por:

  • Incumplimiento no subsanable por causa sobreviniente de los requisitos del artículo 6 de Ley N° 21.032 o
  • Incurrir en alguna inhabilidad o incompatibilidad establecida en el art 7° sobreviniente de la Ley N° 20.032 o
  • Que el Servicio ponga término anticipado a convenios en mas de un ocasión.

Pérdida:

  • Sanción según el art 41, Ley N° 21.302: se considera infracción gravísima la ocurrencia de los delitos señalados en el art.35° cuando sean perpetrados por el colaborador acreditado …, siempre que la comisión fuere consecuencia del incumplimiento del deber de dirección y supervisión del MPD.
  • Sanción por tener miembros del directorio, representante legal gerentes o administradores que figuren en registros de inhabilidades para trabajar con niños, o condenados por actos de violencia intrafamiliar o por crimen o simples delitos que por su naturaleza pongan de manifiesto la inconveniencia de encomendarles atención directa de niños, niñas y adolescentes o confiarles la administración de recursos públicos.

¿Qué pasa si me acredito pero no adjudico ningún proyecto?

Si luego de otorgada la acreditación, no se hubiere adjudicado ningún proyecto dentro del plazo de 3 años, contados desde la notificación de la resolución que concede la acreditación; esta se pierde, debiendo volver a reacreditarse en caso de querer presentarse a una nueva licitación.

Según el anexo 17 del formulario de solicitud de acreditación, ¿se debe incorporar toda la dotación de los trabajadores que se desempeñan en cada uno de los proyectos?

Sí, deben incorporarse todos y todas los trabajadores que tengan vínculo directo o indirecto con los proyectos en ejecución. Debemos recordar que la Acreditación es un proceso al que se somete la Institución y no cada proyecto por separado.

¿Qué se entiende por faltas reiteradas a la legislación laboral?

Por incumplimiento reiterado de la legislación laboral se entiende haber sido sancionado administrativamente en tres o más oportunidades en el periodo de un año o condenado judicialmente mediante resolución firme en dos o más oportunidades en el período de 3 años, contados desde la solicitud de acreditación.

¿La asesoria externa anual sobre bienestar ocupacional, puede ser acreditada mediante el certificado de afiliacion a una mutual?

Sí, de hecho, se espera precisamente la afiliación a una mutualidad.

¿Qué significa concretamente que el colaborador tenga un estándar básico, adecuado o sobresaliente y cuales son sus efectos en la adjudicacion de proyectos o acceso de recursos?

La matriz de cumplimiento de estándares establece 3 estadios: básico, adecuado y sobresaliente.

El nivel básico constituye el piso mínimo con el que deben contar los organismos para obtener la acreditación.

Los estadios adecuado o sobresaliente, detallan mayores verificadores que se espera que el colaborador ya acreditado pueda ir cumpliendo a través de una mejora continua en el tiempo, pero no tiene efectos sobre las posibles adjudicaciones de los procesos concursables, como tampoco en el eventual acceso a otros recursos.

La condición para presentarse a licitación y posterior adjudicación es estar acreditado.

¿Por cuánto tiempo se entregará la acreditación?

La acreditación tendrá carácter indefinido y, sin perjuicio de la aplicación de sanciones definidas en el artículo 41° de la Ley N° 21.302, podrá ser revocada bajo las siguientes causales:

  1. Que el Colaborador no tenga proyectos vigentes por un plazo de tres años consecutivos.
  2. Que el Colaborador deje de cumplir de modo no subsanable alguno de los requisitos señalados en el artículo 6° de la Ley N° 20.032 para personas jurídicas, y los señalados en el inciso cuarto del artículo 36° de la Ley N° 21.302 para personas naturales.
  3. Que la persona natural o bien, los miembros del directorio, representante legal o los gerentes o administradores de personas jurídicas incurran en alguna de las inhabilidades o incompatibilidades para ser Colaborador Acreditado establecidas en la Ley N° 20.032.
  4. Que el Servicio, en más de una ocasión haya puesto término anticipado a un convenio respecto de un mismo Colaborador, acorde con lo previsto en el artículo 9 bis de la Ley N° 20.032.

Para acreditarse ¿se deben cumplir con todos los estándares señalados en el reglamento de estándares aprobados por el DS N°5?

No, para el proceso de acreditación lo exigible son aquellos estándares mencionados en el artículo 5 o 6 del DS N° 5, dependiendo de su condición de persona jurídica sin fin de lucro, institución pública o persona natural.

Los estándares señalados a partir del articulo 7 en adelante, están asociados a la ejecución de los programas de las diferentes líneas de acción, cuyos verificadores son exigidos en un momento posterior.

¿Qué elementos debiesen considerarse para la construcción del MPD?

El Modelo de Prevención de Delitos debiese considerar:

  1. Contar con el compromiso de la alta dirección de la organización.
  2. El desarrollo de un diagnostico de la organización.
  3. La construción de una matriz de riesgo a partir del diagnóstico, la cual reconoce los riesgos asociados al funcionameinto de los organismos colaboradores.
  4. Contar con un responsable de prevención del delito, que de cuenta a la alta dirección de la organización, sobre la correcta implementación de las medidas de prevención o la necesidad de mejoras.
  5. Establecer canales de denuncias efectivas, siempre resguardando una forma que proteja el anonimato del denunciante.
  6. Contemplar programas de capacitaciones sobre el MPD, su implementación, ejecución y delitos, entre otros.
  7. Contar con sistemas de auditorías de proceso.
  8. Establecer un sistema de sanciones para el incumplimiento del MPD.
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